
El pasado 10 de diciembre de 2015 se suscribe el Pacto de Mesa Sectorial sobre vacaciones, permisos y licencias.
De sus avances y beneficios se encargaran de hablar otros, administración y sindicatos firmantes del mismo, nosotros intentaremos poner de manifiesto conclusiones prácticas del retroceso de derechos que supone su aplicación para los trabajadores de SAR y otros colectivos que realicen su jornada laboral mediante la realización de guardias.
En los acuerdos actuales, se recoge que este tipo de permiso se definirá según el grado de parentesco del familiar, por el lugar del centro sanitario donde se realice la intervención o quede ingresado y por el lugar de residencia del trabajador.
Podremos disfrutar de 2 a 4 días en caso de que el hecho causante se produzca en misma localidad y de 3 a 5 si se produce en distinta localidad. Para establecer esa diferencia en la normativa anterior se tenía en cuenta el lugar del hecho causante y el lugar de trabajo.
Otro hecho diferencial muy importante es que cada día de permiso o licencia computará a efectos de cumplimiento de jornada a razón de 7,5 horas, con independencia del turno y horario que se realice y que estos permisos podrán denegarse en el periodo solicitado en función de las necesidades del servicio.
Vamos a citar un caso concreto que nos sirve de ejemplo en el caso de uno de los permisos más utilizados por los trabajadores, el permiso por hospitalización, cirugía, enfermedad grave o fallecimiento de algún familiar.
Caso: familiar de primer grado intervenido quirúrgicamente y con hospitalización posterior, generaría un permiso de 3 días de producirse en la misma localidad de residencia del trabajador.
Se puede disfrutar durante todo el periodo que dure el hecho (hospitalización)
Los 3 días del ejemplo se traducen en 22,5 horas:
- 1 guardia de 17 horas (sobran 5,5h)
- 2 guardias de 12h (debes 1,5h)
- 1 guardia de 24h (debes 1,5h)
No queda claro como computarían las horas si no llegas a consumirlas todas (probablemente se pierdan) o si te pasas de las concedidas.
De perderse horas de disfrute en cualquiera de los permisos retribuidos, una vez más se estaría perjudicando a colectivos pequeños como es el caso de los SAR, Summa 112…y entendemos que no tiene justificación, por lo que se estudiarían vías de reclamación.
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